miércoles, 28 de enero de 2009

Declaración Patrimonial (3)

La constitución de Montecristi, aquella redactada por la propia gente del gobierno, entre uno de los derechos que promueve y aboga, está el derecho a la privacidad. ¿No resulta entonces, un atentado contra dicho derecho la imposición de la infausta declaración patrimonial? Ahora, si la declaración patrimonial no tiene la intención de cobrar impuestos, o para extorsionar/chantajear al ciudadano, o para ejercer presión, entonces ¿cuál es el propósito de dicha declaración?

El señor Carrasco ha dicho que apenas 5 individuos tendrán conocimiento sobre esa información. ¿Quién decide o nombra a dichos personajes? ¿Cuáles son los parámetros con los que se seleccionarán a esos guardianes de la información privada de los ciudadanos?

Si la supuesta intención de la declaración patrimonial, según lo ha dicho el propio señor Carrasco es simplemente para fines informativos, entonces, ¿por qué se contempla la posibilidad de una multa de 1.500 dólares en caso de no declarar o declarar erróneamente de buena o mala fe?

Por último, y a calzón quitado, que nos diga el señor Carrasco si ¿es cierto o no, que una de las finalidades que persigue esta famosa declaración patrimonial es la de tener plenamente identificados a los pelucones y separarlos del resto del pueblo para futuras referencias?

¿Cómo va ha hacer el SRI para saber si una persona ha declarado completamente o no. Cómo van a saber cuántas joyas, TV's, obras de arte tiene una persona. Van a violentar los hogares con órdenes de cateo para auditar lo declarado?

Atentamente,

Juan Sebastián Utreras-Carrera, MD

(publicado aquí)


Dijo Carlos Marx... el Carrasco, que la finalidad de la declaración patrimonial es la de cotejarla con la declaración a la renta. Yo pregunto: ¿y si mis viejos me dejaron hace 15 años una mansión enorme y muchos otros bienes, y yo no trabajo, o gano dos reales, cómo va a cotejar el señor Carrasco mis bienes con mis ingresos?

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